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Movilidad sostenible: Ordenanza municipal y cómo afecta a las motos eléctricas.

Como muchos habréis oído, la nueva Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible que aprobó el pasado 5 de octubre el Ayuntamiento de Madrid va a afectar a la forma que tenemos de movernos por la capital. El objetivo de esta ordenanza es reducir cerca de un 40% las emisiones contaminantes de la capital para conseguir que el aire de Madrid sea más respirable y, dicho sea de paso, cumplir con las exigencias europeas en cuanto a contaminación atmosférica.

Por eso, y a pesar de que se trata de una normativa municipal de Madrid, no podemos descartar que ayuntamientos de otras ciudades adopten medidas similares.

¿Cómo me afecta la Normativa de Movilidad Sostenible si tengo una moto?

La nueva Normativa no sólo afecta a los coches, si no que regula también motos y ciclomotores. Por ello, a continuación vamos a explicar cómo te afecta si conduces de forma habitual una moto por la capital.

En primer lugar, la ordenanza sienta sus bases en las pegatinas medioambientales que emite la Dirección General de Tráfico para discriminar los vehículos más contaminantes.

La clasificación que establece el Distintivo Mediambiental de la DGT para motos es la siguiente:

  • CERO: Motos eléctricas con autonomía superior a 40kms.
  • ECO: Motos eléctricas con autonomía inferior a 40kms.
  • C: Motos homologadas bajo las normativas Euro 4 y Euro 3.
  • B: Motos homologadas bajo la normativa Euro 2.

De esta manera, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido 5 escenarios distintos por los que limita la circulación de los vehículos más contaminantes según los niveles de contaminación atmosférica en la ciudad.

  • Escenario 1: Sin restricciones. Cualquier vehículo puede circular.
  • Escenario 2: Aparcamiento sólo para vehículos CERO y ECO. Prohibición de circular sin Distintivo Medioambiental en la M-30 y dentro de la M-30.
  • Escenario 3: Ampliación de la prohibición de circular sin Distintivo Medioambiental a toda la ciudad más allá de la M-30.
  • Escenario 4: Los vehículos con Distintivo Medioambiental B no podrán circular en la M-30 y dentro de la M-30.
  • Escenario 5: Sólo se permitirá la circulación en toda la ciudad de vehículos CERO y ECO. Aparcamiento limitado a vehículos CERO.

Por último, se ha determinado la zona llamada Madrid Central donde sólo podrán circular motos con distintivo Distintivo Medioambiental, es decir, las más contaminantes no podrán acceder a ella. Además, las motos con distintivo B o C sólo podrán circular de 7:00 a 22:00 excepto si se dirigen a un aparcamiento.

¿Cómo puedo seguir circulando libremente y sin restricciones en moto por Madrid?

Viendo la nueva Ordenanza Municipal, las mejores opciones para seguir gozando de la libertad de moverte por la ciudad sin restricciones y sin preocuparte de a qué zonas puedes acceder o aparcar es mediante una moto con distintivo CERO o ECO.

En este sentido, nuestra moto eléctrica NEXT NX1, con 65kms de autonomía, puede circular libremente bajo cualquier escenario y sin ningún tipo de limitaciones al obtener el distintivo CERO. Además, se trata de una moto ligera y ágil pensada para su uso urbano. Por lo que es el compañero ideal para tu día a día en la ciudad.

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